El empresario
siempre puede despedir al trabajador. El tipo de contrato laboral y la causa del despido afectan únicamente al importe del finiquito. Si quieres conocer tu indemnidad, empieza por descubrir el tipo de despido que te afecta.
El despido disciplinario:
Causas del despido disciplinario:
- Faltas repetidas de asistencia o puntualidad no justificadas.
- Desobediencia.
- Ofensas al empresario, compañeros o personas relacionadas con estos.
- Abuso de la buena fe o de confianza.
- Disminución voluntaria del rendimiento.
- Embriaguez habitual o toxicidad.
¿Cómo se tiene que realizar el despido?
El trabajador recibirá una carta de despido.
¿Que puede hacer el trabajador si no está conforme con el despido?
Presentar una demanda ante el juzgado, en el plazo máximo de 20 días hábiles desde la recepción de la carta de despido.
La sentencia del juzgado puede establecer que el despido es:
Procedente: Cuando se da la razón al trabajador.
Improcedente: Cuando se da la razón al empresario.
El empresario elige si el trabajador se reincorpora al trabajo o se finaliza el contrato, en este caso, el trabajador deberá recibir una indemnización de 45 días de salario por año trabajado con un máximo de 42 mensualidades.
El despido por causas objetivas:
El empresario puede despedir a un trabajador por causas que no suponen incumplimientos por parte del trabajador, pero que perjudican al empresario.
¿Cuáles son las causas objetivas?
- Ineptitud del trabajador: incapacidad para desempeñar su trabajo
- Falta de adaptación del trabajador: a las modificaciones técnicas producidas.
- Necesidad de amortizar puestos de trabajo: Basadas en causas económicas, organizativas, técnicas o de producción.
- Faltas de asistencia: Si alcanzan el 20% de las jornadas hábiles en 2 meses seguidos o el 25% en 4 meses discontinuos.
El despido colectivo y por fuerza mayor:
Es el que se realiza por causas: económicas, técnicas, organizativas o de producción y cuando en un periodo de 90 días la extinción afecte al 10 % de la empresa.
¿Qué requisitos debe cumplir el empresario para despedir?
- Tener la autorización de la autoridad laboral.
- Una vez que la autoridad laboral autorice los despidos, los trabajadores tendrán derecho a recibir una indemnización de 20días de salario por año trabajado.
¿Qué se entiende por fuerza mayor?
El suceso que imposibilita definitivamente la prestación del trabajo, como puede ser un desastre natural.
Indemnización por despido:
Días de finiquito por tipo de despido
Tipo de despido y contrato
Indemnización
Importe máximo
Despido disciplinario
0 €, lo que se ha trabajado
0 €, lo que se ha trabajado
Despido disciplinario procedente Contrato normal. Desde la nueva Reforma Laboral de 2012
33 días de salario por año trabajado
24 meses de salario
Despido disciplinario procedente Contrato normal. Antes de la reforma laboral de 2012
45 días de salario por año trabajado
42 meses de salario
Despido disciplinario improcedente
Contrato fomento para la ocupación
33 días de salario por año
42 meses de salario
Despido objetivo
20 días de salario por año
12 meses de salario
Despido objetivo improcedente
Contrato normal
45 días de salario por año
42 meses de salario
Despido objetivo improcedente
Contrato fomento para la ocupación
33 días de salario por año
20 meses de salario
Despido colectivo
20 días de salario por año
12 meses de salario